La decisión de la Corte de Apelaciones se basó en que el represor condenado había cumplido las dos terceras partes de su condena, a pesar de que aún no era legal, y podía ser puesto en libertad bajo la figura libertad condicionalsegún la sentencia a la que Télam tuvo acceso.
Fusco estaba bajo arresto domiciliario tras un fallo de la Cámara Federal de Casación y ahora se le ordenó revocar su pulsera electronica al conceder su libertad con la prohibición de salir del país y participar en actos públicos masivos.
La acusación y la querella se opusieron al recurso de sobreseimiento, ya que se apeló la sentencia dictada en juicio oral y se solicitó la cadena perpetua ante la casación, mientras que la defensa solicitó la absolución.
Fusco ha sido condenado a 11 años y seis meses de prisión y su libertad condicional fue decidida el 1 de marzo del año pasado por la jueza Silvia Mayorga y su colega de la Corte de Apelaciones Daniel Gutiérrez.
“Se establece que Fusco ha estado bajo custodia continua desde el 1 de julio de 2015”, ante lo cual estaba “en condiciones de acceder al beneficio de la libertad condicional a partir del 1 de marzo”, según la resolución.
La fiscalía objetó, señalando que “se ha establecido que el señalado Fusco cumplió funciones de guardia en el centro clandestino de detención de Campo de Mayo durante las últimas dictaduras cívico-militares”.
En la audiencia oral fue absuelto del cargo de doble homicidio agravado, contra el cual se recurre el recurso de casación en relación con las dos víctimas, Diego Muñiz Barreto y Juan José Fernández.
Fusco era un ex guardia en un centro de detención secreto que se hizo conocido como “Pequeño campamento” y el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín lo condenó por “privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional en 4 ocasiones y por imposición de sufrimiento agravado por ser víctima de persecución política reiterada en cuatro hechos”, la sentencia fue apelada.