Chambers II lo decidió. de la Sala de la Corte de Apelaciones, Roberto Boico y Eduardo Farah, quienes, según resolución a la que tuvo acceso Télam, confirmaron la libertad ordenada por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi.
“La resolución impugnada excluyó las hipótesis de investigación dirigidas a establecer si el designado, mientras trabajaba como funcionario de la administración pública estatal, se encontraba ilegalmente y al mismo tiempo percibía una duplicación de salarios y/o fondos de seguridad social”, recordó la sentencia. que confirmó el despido.
Al tomar esa decisión, El juez “estimó que uno de los supuestos ingresos, el que habría obtenido como gratificación (durante su licencia) como jefe de la sección de registro de vehículos de motor en esta ciudad, no podía equipararse a un salario”.se recordó a sí mismo.
También se dictaminó que “no se pudo determinar efectivamente que Garré tuviera algún beneficio”.
“Aunque tuviera ingresos del registro, esta acción no estaba prohibida por ley en ese momento, así como la percepción actual de jubilación, ya que ambas situaciones fueron vetadas solo después de que se aprobaron los decretos posteriormente”, explicaron los jueces en relación con la constatación de que lo rechazó.
El caso comenzó en 2013. por indicación de los entonces senadores nacionales Gerardo Morales, José Cano, Alfredo Martínez y Luis Naidenoff, quienes mencionaron en su momento “que se opusieron al nombramiento de Nilda Garré como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria por supuestas irregularidades relacionadas con su carrera en la función pública “.
“Los solicitantes manifestaron específicamente que en 1989 Garré fue designado titular del Registro Seccional de la Propiedad Motor N° 57 de esta ciudad y que desde 1995 hasta el momento de esta presentación (año 2013) el designado gozaba de una licencia casi continua que cubriría el período temporal en los que ocupó otros cargos en la administración pública y en el Congreso Nacional”.
El tercer miembro de esta sala de la Corte de Apelaciones votó en disidencia, Martín Irurzun, quien argumentó que se debe dejar sin efecto el sobreseimiento y que se debe dictar falta de justificación y luego ordenar nuevas medidas probatorias.